Requisitos legales para el pago

Es importante que sepas que si tu licencia es menor a 11 días, se comenzará a pagar desde el día 4. Por otra parte, si la licencia es otorgada por 3 días o menos, no tendrás derecho al pago de la licencia médica, sino que solo al pago de aportes previsionales.

Si el reposo se extiende, se contará para el pago de la licencia desde el cuarto día o el período completo, en caso de que la suma de la primera licencia más las continuas superen los 11 días. Para que la extensión de la licencia sea válida y contada como “continuidad”, la licencia de continuidad debe partir inmediatamente desde el día siguiente en que termina la licencia anterior, considerando días corridos (incluidos los fines de semana, feriados, etc).

El pago de la licencia tiene un tope de UF 81,6 (2 millones 730 mil pesos aprox.). Si tu base imponible es mayor, te pagarán solo hasta dicha cantidad.

Además, tendrás que cumplir las siguientes condiciones, según el tipo de trabajador que seas:

Plazo para el pago

La licencia médica se te pagará dentro de los 30 días de recibida la licencia, siempre que los días estén autorizados y cumplas con los requisitos para tener derecho a subsidio. Sin embargo, para tu tranquilidad, nuestra Isapre trabaja para que el pago esté disponible antes de los 20 días una vez recibida la licencia médica, siempre y cuando los documentos aportados sean los correctos para realizar el cálculo de tu licencia.

Recibirás un e-mail con la fecha, monto y forma de pago, por lo que es muy importante que tengas registrado en la Isapre un correo vigente. Recuerda que puedes actualizar esta información y todos tus datos personales en tu Sucursal Virtual, menú “Ver Mis Datos Personales”.

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Formas de pago

  • Trabajador dependiente sector privado: Se te realizará el pago directamente a ti. Ahora bien, si tu empleador tiene convenio de pago de licencias médicas con la Isapre, el pago se hará al empleador, por lo tanto, obtendrás tu sueldo de manera normal.
  • Trabajador dependiente sector público: En este caso, el pago no se te realizará directamente a ti, sino que a tu empleador, por lo tanto, obtendrás tu sueldo de manera normal.
  • Trabajador independiente: Se te realizará el pago directamente mediante transferencia o emisión de vale vista. Recuerda tener inscrita una cuenta bancaria en tu Sucursal Virtual para recibir el pago de manera más fácil.

El pago de la licencia médica sustituye tu sueldo y se paga en periodos máximos mensuales, es decir, no se puede pagar una licencia médica por más de 30 días continuos. En caso de que tu reposo requiera más de 30 días, tu médico te deberá entregar otra licencia médica de "continuidad".

Además, los pagos se realizan por meses, por ejemplo: Si te aprueban una licencia por 15 días, comenzando el día 25 de un mes hasta el día 10 del mes siguiente, se te pagará de manera parcelada por mes, es decir, lo correspondiente a 5 días el primer mes y luego los 10 días restantes el siguiente mes.

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De esta forma recibirás todos tus pagos de licencia a través de una transferencia electrónica, sin que tengas que ir a una sucursal bancaria.

  1. Ingresa a tu Sucursal Virtual
  2. Haz clic en tu nombre (costado superior derecho)
  3. Dirígete a la opción “Ver mis Cuentas Bancarias
  4. Agrega tu cuenta y márcala como “Prioritaria”

 

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Cálculo del pago

En el caso de las licencias médicas por enfermedad o accidente común (1), por complicaciones del embarazo (7) y por enfermedad grave del niño menor de un año (4), el cálculo del pago se realiza con el promedio de las tres rentas anteriores al mes de inicio de la licencia médica.
Si quieres conocer cómo se calcula el pago de las licencias maternales (3), ingresa aquí

Preguntas Frecuentes

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